De acuerdo al decreto No. 081 del 30 de noviembre de 2016, el alcalde de
Distracción Dr. Pedro Javier Guerra Chinchía en uso de sus facultades
constitucionales y legales, prohíbe terminantemente en todo el municipio, la
venta, comercialización, uso y manipulación de artefactos explosivos como son
los juegos pirotécnicos y fuegos artificiales elaborados a base de pólvora y
otras sustancias similares.
La violación de este decreto dará lugar al decomiso de los artefactos antes
mencionados, y la imposición de una multa que oscilará entre medio y un salario
mínimo legal mensual vigente al momento de cometer la infracción, la cual será
cancelada a favor del municipio y se tramitará ante el tesoro municipal.
En el evento en que las conductas prohibidas sean desarrolladas por
menores de edad, estas serán puestas a disposición de la comisaría de familia,
donde se le realizará a sus padres diligencias de amonestación en presencia del
menor. Las reincidencias de estas conductas se sancionarán con el doble de la
multa señalada en los artículos precedentes.
DICKERSON CAMARGO PINTO
Jefe de Prensa y Protocolo
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